Argentina no puede incumplir el Estatuto de Roma: Debe detener a Netanyahu si llega a la Argentina

 

Israel y eeuu, no son estados partes del Estatuto de Roma. (Tratado que creó la CPI)

Por lo que, si bien, la orden de detención  contra Netanyahu y Gallant, sería en gran parte, algo simbólico y político, ello no implica que sea irrelevante.

Por esto, no tienen obligación jurídica de efectur una orden de arresto. Aun, SI la orden no fuera ejecutada, serguiría siendo, un golpe internacional a la imágen de los acusados, colocados en la misma categoría que otros procesados por crímenes de guerra o lesa humanidad.

Si bien la CPI, no tiene fuerza policial propia, depende de los Estados miembros, que la hagan cumplir, por ejemplo: Argentina, donde "SI", tendría un "efecto real"

Generaría, con su visita una fuerte presión diplómática. pudiendo los pueblos y autoridades exigir, explicaciones por el costo político de recibir a una persona buscada, reforzando todas las narrativas externas e internas, sobre violaciones al derecho internacional.

La orden de captura, tendría un efecto simbólico muy fuerte y un efecto práctico limitado, pero "real", porque reduce la movilidad internacional y aumenta el aislamiento diplomático.

La Corte Penal Internacional (CPI) tiene actualmente 123 Estados parte del Estatuto de Roma.
En cualquiera de ellos, una orden de detención contra Netanyahu o Gallant tendría efecto jurídico inmediato: si pisan ese territorio, las autoridades están obligadas a arrestarlos y entregarlos a la CPI.

Países de Africa (33 paises) América (28 paises),  Asia-Pacífico (18 paises), Europa (43 paises)

Netanyahu y Gallant:
No pueden viajar con seguridad a ninguno de estos 123 países.
En cumbres internacionales organizadas por Estados parte, su asistencia sería jurídicamente riesgosa.

Argentina está obligada a cumplir con el Estatuto de Roma y cooperar con la Corte Penal Internacional (CPI).

Argentina ratificó el Estatuto en 2001 y lo implementó en 2006 a través de la Ley 26.200. Esta ley establece la obligación de Argentina de extraditar o juzgar a personas sospechosas de crímenes de guerra, lesa humanidad o genocidio que se encuentren en su territorio, según lo definido por la CPI.
Ya que tiene competencia, para juzgar a individuos por crímenes de guerra, crímenes de lesa humanidad, genocidio y, a partir de 2018, crímenes de agresión.

Si un sospechoso de crímenes internacionales se encuentra en territorio argentino, Argentina tiene la obligación de extraditarlo a la CPI o juzgarlo en un tribunal nacional.


El incumplimiento y sus consecuencias;
Negarse a cumplir con las obligaciones del Estatuto de Roma puede tener consecuencias graves para Argentina, incluyendo:

Sanciones internacionales: La CPI puede adoptar medidas contra el Estado infractor.

Daño a la reputación: Argentina podría ser percibida como un país que no respeta el derecho internacional y los derechos humanos.

Pérdida de credibilidad: La falta de cooperación podría afectar la posición de Argentina en foros internacionales.

En resumen, Argentina tiene un compromiso legal y moral de cumplir con el Estatuto de Roma y cooperar con la CPI. El incumplimiento de estas obligaciones podría tener consecuencias negativas para el país.

Mabel Pappano Abraham
Frente Vocación Nacionalista
A los 12 días del mes de agosto de 2025 en mi Distrito de General San Martín.-
https://youtu.be/WKCOagsfnww?si=J_gPXQa92td7SuZM

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